Restricción de ingreso al país de extranjeros sin estatus migratorio a través de fronteras terrestres.

El Gobierno de la República de Costa Rica amplió la medida de restricción de ingreso al país de extranjeros sin estatus migratorio a través de fronteras terrestres, según decreto ejecutivo 42874-MGP-S dicha medida entró en vigencia a partir de las 00:00 horas el 01 de noviembre de 2020 y hasta las 23:59 horas del 01 de abril 2021.

La medida de restricción de ingreso al país de extranjeros contemplada en el segundo párrafo del artículo 4 de este Decreto Ejecutivo, se dictó a partir del 01 de marzo de 2021, Sin embargo, es posible que los residentes que tengan estatus migratorio en Costa Rica pueden ingresar a través de fronteras terrestres, para lo cual deberán seguir las medidas de Seguridad en Salud establecidas por el Gobierno.

La vigencia de esta medida será revisada y analizada por el Poder Ejecutivo de acuerdo con el comportamiento epidemiológico del COVID-19. “

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *