El pasado 22 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Gaceta la ley para declarar el mes de agosto como0 el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica ley número 10050, que decreta el día 31 de agosto como feriado en conmemoración del Día de la persona negra y la Cultura Afrocostarricense. Reformándose el artículo 148 del Código de Trabajo y decretando como feriados los siguientes días:
Artículo 148- Se considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes: el 1° de enero, el 11 de abril, el jueves y Viernes Santos, el 1° de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre. Los días 2 y 31 de agosto y el 1° de diciembre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio.
Uniéndose el feriado del día 31 de agosto al del 02 de agosto y 01 de diciembre como feriados de pago no obligatorio. Asimismo, estableciendo que la celebración del nuevo feriado del 31 de agosto se traslada al domingo siguiente en los años 2022 y 2023, pudiéndose celebrar el propio día hasta el año 2024. En este mismo documento se indica que para el año 2022 los feriados del día 15 de septiembre y el del 01 de diciembre se trasladarán al primer lunes siguiente. A continuación, puede encontrar una tabla de cómo se visualizarán los feriados para el año 2022:
Celebración | Fecha del feriado | Traslado |
01 de enero | Sábado 01 de enero | No se traslada |
Día de Juan Santamaría | Lunes 11 de abril | No se traslada |
Jueves Santo | Jueves 14 de abril | No se traslada |
Viernes Santo | Viernes 15 de abril | No se traslada |
Día del trabajador | Domingo 01 de mayo | No se traslada |
Anexión de Guanacaste | Lunes 25 de julio | No se traslada |
Día de la Virgen de los Ángeles *pago no obligatorio | Martes 02 de agosto | No se traslada |
Día de la madre | Lunes 15 de agosto | No se traslada |
Día de la persona negra y la Cultura Afrocostarricense *pago no obligatorio | Miércoles 31 de agosto | Domingo 04 de septiembre *este feriado se traslada para el día domingo en los años 2022 y 2023 |
Día de la Independencia | Jueves 15 de septiembre | Lunes 19 de septiembre |
Día de la abolición del ejército *pago no obligatorio | Jueves 01 de diciembre | Lunes 05 de diciembre |
Navidad | Domingo 25 de diciembre | No se traslada |