Feriados y su traslado para el año 2022

El pasado 22 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Gaceta la ley para declarar el mes de agosto como0 el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica ley número 10050, que decreta el día 31 de agosto como feriado en conmemoración del Día de la persona negra y la Cultura Afrocostarricense. Reformándose el artículo 148 del Código de Trabajo y decretando como feriados los siguientes días:

Artículo 148- Se considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes: el 1° de enero, el 11 de abril, el jueves y Viernes Santos, el 1° de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre. Los días 2 y 31 de agosto y el 1° de diciembre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio.  

Uniéndose el feriado del día 31 de agosto al del 02 de agosto y 01 de diciembre como feriados de pago no obligatorio. Asimismo, estableciendo que la celebración del nuevo feriado del 31 de agosto se traslada al domingo siguiente en los años 2022 y 2023, pudiéndose celebrar el propio día hasta el año 2024. En este mismo documento se indica que para el año 2022 los feriados del día 15 de septiembre y el del 01 de diciembre se trasladarán al primer lunes siguiente.  A continuación, puede encontrar una tabla de cómo se visualizarán los feriados para el año 2022:

CelebraciónFecha del feriadoTraslado
01 de eneroSábado 01 de eneroNo se traslada
Día de Juan SantamaríaLunes 11 de abrilNo se traslada
Jueves SantoJueves 14 de abrilNo se traslada
Viernes SantoViernes 15 de abrilNo se traslada
Día del trabajadorDomingo 01 de mayoNo se traslada
Anexión de GuanacasteLunes 25 de julioNo se traslada
Día de la Virgen de los Ángeles *pago no obligatorioMartes 02 de agostoNo se traslada
Día de la madreLunes 15 de agostoNo se traslada
Día de la persona negra y la Cultura Afrocostarricense *pago no obligatorioMiércoles 31 de agostoDomingo 04 de septiembre *este feriado se traslada para el día domingo en los años 2022 y 2023
Día de la IndependenciaJueves 15 de septiembreLunes 19 de septiembre
Día de la abolición del ejército *pago no obligatorioJueves 01 de diciembreLunes 05 de diciembre
NavidadDomingo 25 de diciembreNo se traslada

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